Análisis estadístico: Éxito Legislativo en congresos fragmentados

Al analizar grandes cantidades de datos es fácil comprobar o refutar hipótesis y mitos alrededor del trabajo parlamentario en Argentina.

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María Baron (Fundación Directorio Legislativo), Alejandro Bojanovich, Ernesto Calvo y Ana María Mustapic (Profesora de Ciencia Política en Di Tella). Disculpen por la foto.

Ayer se presentó el libro “Legislative success in fragmented congresses” de Ernesto Calvo, politólogo recibido en la Universidad de Buenos Aires, y ahora profesor de la Universidad Di Tella y la Universidad de Maryland entre otras. Durante todo el día participamos de un taller dónde se trabajó en cómo realizar análisis estadístico de la información del congreso, usando herramientas romo R, SPSS o Stata.

El trabajo de Calvo es muy afín al que hacemos en Congreso Interactivo, al punto que fuimos capaces de aportar una base de datos que le permite ampliar y extender su trabajo con información más reciente que con la que él contaba.

Según se mencionó en la presentación del libro, su trabajo resulta útil para legisladores, analistas políticos, historiadores y cualquier persona interesanda en comprender el funcionamiento del congreso en base a los datos disponibles para ello. De todas formas, el mismo Calvo reconoce que pueden existir errores en sus análisis y es por eso que expone por completo sus razonamientos y los datos en los que se basa, invitando a otros a trabajar en conjunto para lograr una mayor precisión de análisis.

Lamentablemente el libro está disponible a un precio prohibitivo para nuestra situación actual (cuesta 80 dólares) y está editado en inglés. Por suerte el autor afirma que tiene los derechos para hacer una edición español a precio económico y además tiene un sitio donde publica información que permite replicar todos los resultados de su libro.

Pueden descargar el conjunto de datos de Stata y el código en R de su sitio.

Algo notable es cómo la academia y el espacio del periodismo de datos, aún deseando colaborar, no usan las mismas herramientas (nosotros publicamos en github) y esto se debe, principalmente, a la falta de un repositorio de datos abiertos con suficiente renombre como para acudir a él. Sin embargo, gracias al enlace de la Fundación Directorio Legislativo, pudimos conocernos, compartir información y comenzar a colaborar.

 

LatamLab Semana 4: Un futuro compartido

Esta fue la última semana de nuestro trabajo en Santiago de Chile, y estamos muy alegres de que el equipo de Fundación Ciudadano Inteligente nos haya recibido de forma tan amable y nos haya brindado una ayuda tan efectiva.

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Esperamos seguir colaborando con ellos durante mucho tiempo.

Como ya mostramos en el último post, tenemos una beta online, y tenemos planes para las próximas semanas en Argentina, presentando el desarrollo en Argentina a fundaciones, organizaciones y grupos.

Buscamos especialmente aquellas personas, periodistas y abogados que:

  • Estén personalmente comprometidos con alguna causa, o
  • Trabajen activamente en monitoreo parlamentario, o
  • Participen en procesos legislativos.

Por favor, si estás en esa lista o conocés a alguien, por favor contactanos.

LatamLab Semana 3: Alcanzando las metas

Durante la tercer semana de la pasantía en la Fundación Ciudadano Inteligente fué cuando logramos los objetivos mínimos de tener una instalación del proyecto Legislative en nuestro servidor.

screenshot-monitor.congresointeractivo.org 2014-05-14 13-36-59

La URL de la beta es http://monitor.congresointeractivo.org

Es importante notar que los datos no son completos todavía. La información está un poco cruda y pobre ya que tiene tiene 257 legisladores, 36 bloques, y 100 proyectos de ley. Es decir que faltan los senadores y todos los otros cientos de miles de proyectos.

Además hay lugares que si hacen click muestra errores, pero todo eso se irá solucionando.

Aún necesitamos mejorar los scrappers y agregar contenido para hacer más clara la información.

Si quieren colaborar desde el código pueden acceder a nuestro github. 

Si quieren colaborar desde otras áreas pueden acceder a nuestro grupo de google.

#PoplusCon and a millon possibilities

The Poplus Project’s conference in Santiago de Chile allowed us to meet with 80 people from 30 different countries that are working toward the same goals and are developers and potential users of Poplus Components.

In our previous weeks in the LatamLab fellowship we have been working with Poplus components such as PopIt (to store personal information and relationships) and BillIt (to store documents), scraping information to fill this databases, but this is nothing to be amazed at, it’s only the base to be able to create quick and deep analysis later on. During the conference it became quite clear that, before going ahead, wasting effort in potentially useless tasks, it’s important to reach out to groups that are actually in need of these kind of tools, so we can make sure that they are actually useful to the groups we want to support.

For instance, something that our research has validated, at least in an indirect way, is that it’s necessary for some kinds of activists and communicators for interest groups to be able quickly select which MP to approach and to discard those who could be a waste of their time (if you read Spanish, you can check out escenario 3 in this research document). For instance, to be able to know if an MP would be open to projects that promote public education or, in the contrary, in favor of privatization of education.

To do that there’s some steps we have to take, and some of them involve complex analysis of a project’s text to know which kinds of concepts it’s promoting or fighting. We can either get that from a group of humans or from AI, if we ever get to collaborate with someone from that field.

So, going back to the conference. It took place Tuesday and Wednesday on the catholic university’s campus in Santiago. We met people from all over the world: Kenya, Guatemala, England, Morocco, USA, Taiwan, Hungary, Germany, Jamaica, Paraguay, Chile, Argentina, Uruguay, South Africa, New Zealand, Japan, Estonia and more. The relations between all this people were of absolute amiability and I even think some prejudices were able to be diluted.

We got to know projects about open data, fight against corruption and new ways of online civic collaboration from all of those countries. Here you can check out the list of attendees and the written summary of all of the sessions (a bit misaligned, but VERY complete).

One of the most repeated topics was the need to work hand in hand with the more vulnerable populations to uncover their needs, train them in the use of technology and make sure that our apps serve their goals. I think the methodology of user experience research can be very useful to this goal and that’s why I proposed a session on this topic.

An interesting comment about this, from Tom Steinberg, director of MySociety in England: He interprets bourgeois revolutions in 18th century as a reaction from land owners and businessmen to protect their assets from the kings, this way establishing the system we have today, in which big businesses have more power (usually) than courtesans and royal families. Nonetheless, we still have not gotten to a full political involvement of all social actors, and that’s why we must work for those who are not part of the empowered elite. More details in the document about the impact research session.

Finally, I think we reached some consensus about the goals of the poplus project  and about what constitutes poplus a component. It’s necessary to keep working to realize this vision, because there are several components, for instance VotIt, that would be necessary for the site we are building but are not ready yet. So we are going to work the way we can, and then, when components and standards are ready, we will see about implementing them.

LatamLab Semana 2: #PoplusCon y miles de posibilidades

Esta segunda semana de la pasantía LatamLab fué corta en términos de trabajo, pero infinita en términos de proyectos para el futuro. La conferencia del proyecto Poplus nos permitió conocer a 80 personas de 30 países que están trabajando en los mismos temas y son desarrolladores y potenciales usuarios de los componentes Poplus.

La semana empezó el lunes (dijo el capitán obvio) programando el scrapper de proyectos de ley del Congreso Nacional Argentino. Por suerte la información está bastante accesible, sólo se trata de hace 4 pedidos por proyecto para poder saber el estado actual de tramitación, los firmantes, las comisiones a las que fue girado, y el texto completo. Y digo que esto es simple porque en Paraguay, por ejemplo, es necesario tener configuradas algunas cookies en el pedido y no hay forma de obtener un listado completo, sino que hay que buscar con diferentes keywords y no hay forma de verificar si se están trayendo todos los proyectos. Por suerte en argentina es más sencillo, se pueden recuperar de a 1000 proyectos por ves y de una forma ordenada cronológicamente que no trae complicaciones. Aunque, para ser sinceros, el sitio del senado funciona de forma intermitente y aún no hemos podido relevar los proyectos almacenados allí.

La idea es almacenar esta información en la instancia de BillIt que administra la Fundación Ciudadano Inteligente. BillIt es un componente de Poplus que sirve para almacenar textos, tales como los proyectos de ley.

También hubo avances en el scrapper de diputados, ahora tenemos la información sobre a qué comisión pertenece cada legislador, gracias Alfredo.

Si todo esto no suena maravilloso, es porque no lo es, es sólo la base para poder hacer luego análisis profundos de forma rápida. Durante la conferencia Poplus quedó muy claro que antes de avanzar, desperdiciando el esfuerzo en tareas potencialmente innecesarias, es importante acercarse a los grupos que están necesitando este tipo de herramientas, para poder asegurarnos de que sean realmente útiles para los grupos que queremos apoyar.

Por ejemplo, algo que nuestra investigación ha validado de forma tentativa como necesario sería facilitar que un activista o comunicador de un grupo de interés seleccione rápidamente a quién acercarse y descarte aquellos que serían una pérdida de tiempo (ver escenario 3 en este documento). Por ejemplo, poder saber si un legislador está a favor de los proyectos que promueven la educación pública o más bien a favor de la privatización de la educación.

Para poder hacer eso, necesitamos saber:

  1. Sobre qué tema es un proyecto (ej: educación pública). Esto es sencillo porque podemos saberlo a partir de los giros a comisión y los temas que trata cada comisión. Más o menos.
  2. Si el proyecto está a favor o en contra de ese tema (ej: a favor de la educación pública). Esto es más difícil. Requiere de un análisis especializado, un gran trabajo de inteligencia artificial o humana, dedicado a comprender cada proyecto.
  3. Si un legislador determinado votó a favor o en contra del proyecto (ej: si votó en contra, está en contra de la educación pública). Esa información ya la tenemos.
  4. Hacer un promedio de las diversas posturas de un legislador, de un bloque, de una provincia, etc, para poder tener información fácil de procesar.

Fin del ejemplo. Ahora voy a contar sobre la conferencia más en detalle.

Durante la conferencia de Poplus, que se llevó a cabo el martes y miércoles en el campus de la universidad católica de chile.

Conocí gente de todo el mundo: Kenya, Guatemala, Inglaterra, Marruecos, Estados Unidos, Taiwan, Hungría, Alemania, Jamaica, Paraguay, Chile, Argentina, Uruguay, Sudáfrica, Nueva Zelanda, Japón, Estonia y más. La relación entre toda esta gente fué de absoluta cordialidad e incluso creo que algunos prejuicios pudieron ser diluidos.
Conocí proyectos de datos abiertos, lucha contra la corrupción y nuevas formas de colaboración cívica en línea de todos estos países.

Pueden ver el listado de asistentes aquí y el resumen escrito de cada una de las sesiones (un poco desordenado, pero MUY completo)

Uno de los temas más repetidos fué la necesidad de trabajar codo a codo con las poblaciones más vulnerables para descubrir sus necesidades, capacitarlos en el uso de tecnología y asegurarnos así que nuestras aplicaciones sirven a sus objetivos. Creo que la metodología de investigación en experiencia de usuario puede resultar muy útil en esa tarea y por eso fuí anfitrión en una sesión al respecto.

Un comentario interesante al respecto es el de Tom Steinberg, director de MySociety en Inglaterra. Él interpreta las revoluciones burguesas del siglo 18 como una reacción de los propietarios y mercaderes para proteger sus bienes de los reyes, esto establece el sistema que tenemos ahora, en el que los grandes comerciantes tienen más poder (generalmente) que los cortesanos y familias reales. Sin embargo aún no se ha logrado la plena participación política de todos los actores sociales, es por eso que debemos trabajar para quienes no forman parte de la elite empoderada. Más detalles en el documento de la sesión sobre investigación de impacto.

Finalmente, creo que se llegó a algunos consensos sobre los objetivos del proyecto poplus y sobre qué es un componente. Si bien será necesario seguir trabajando para que esta visión se complete ya que hay varios componentes, por ejemplo VotIt, que serían necesarios para el sitio que estamos construyendo, pero aún no están completos, entonces nosotros trabajaremos como se pueda y luego cuando los estándares estén disponibles veremos de implementarlos.

LatamLab Semana 1: Directo al código

Estamos transitando los primeros días de trabajo en la Pasantía LatamLab de Fundación Ciudadano Inteligente y Congreso Interactivo. Intentaré no extenderme demasiado, pero estoy tan contento que no puedo. Les contaré algunos avances simbólicos y otros más técnicos, espero que se entusiasmen tanto como nosotros.

Primero algunas fotos:

La Fundación Ciudadano Inteligente es un gran motor de intervención política por la transparencia en Chile, pero además tiene un laboratorio de desarrollo de software con proyección regional y alianzas internacionales.

Algunas cosas fascinantes sobre la Fundación:

  • Generaron una alianza con un diputado chileno representante del movimiento estudiantil que explotó hace un par de años para proveerle software.
  • Llegó un taiwanés, de www.g0v.tw, que tiene un sistema de versionado para proyectos de ley en el que piensa integrar un sistema de anotaciones colaborativas para que pueda verse y comentarse el progreso de los procesos de redacción de proyectos de ley.
  • La próxima semana hacen la PoplusConf con 80 personas de todo el mundo sobre desarrollo de software cívico.

Congreso Interactivo está creando un sitio de monitoreo parlamentario para Argentina, con la ayuda de FCI y los componentes Poplus, que se desarrollan conjuntamente con MySociety en Inglaterra y OpenNorth en Canadá.
Nuestro sistema estará basado en el mismo código que www.congresoabierto.cl

Hasta ahora tuvimos cinco días de trabajo conjunto y ya conseguimos conectarnos con la API de PopIt, una base de datos de personas y organizaciones que forma parte del proyecto Poplus y está alojado en Inglaterra. Enviamos datos sobre los legisladores nacionales argentinos y bloques.
Está aún un poco precario pero pueden verlo aquí: http://legisladores-ar.popit.mysociety.org/

Si bien nos preguntamos si alojar los datos en otro país lleva al riesgo de dejar registros en routers intermedios, con la posibilidad de que queden expuestos nuestros usuarios a la supervisión de sus acciones con respecto a datos que pueden ser sensibles, la ventaja de no tener que gestionar la instalación del software es fantástica en esta etapa temprana del desarrollo. Esperamos más adelante poder alojar todos los datos en nuestros servidores locales.

El nivel actual del scrapper de legisladores  (software para obtener información de páginas web) tiene información de contacto, foto, mandatos, bloques, partidos y provincias. En el futuro nos gustaría agregar la información de declaraciones juradas usando la información publicada por LaNación, cargos anteriores gracias a Cargografías y todo lo que podamos encontrar.

También comenzamos con el scrapper de proyectos de ley, en el momento actual puede obtener un listado de las direcciones de cada proyecto y el texto completo de la página, pero aún no logramos obtener por separado los datos de firmantes, comisiones y texto completo. Esto irá alojado en una instancia de BillIt, otro proyecto de Poplus que sirve para almacenar proyectos de ley.

La estructura es muy extensible, todo es software libre y APIs públicas. De hecho ambos scrappers estuvieron basados en código antiguo desarrollado en el DataFest de 2012 en Buenos Aires en un caso y en las elecciones municipales de 2012 en Santiago.

Aunque los componentes están bastante inmaduros, están mejorando constantemente.
Una parte importante del trabajo es determinar si es necesario hacer mejoras en el software que estamos utilizando, y si corresponde, levantar issues en los githubs de cada proyecto para conseguir los desarrolladores (ingleses, canadienses, etc) actualizaran los proyectos y las documentaciones de sus proyectos.

Creemos que estamos avanzando en un muy bien camino y que esto es el comienzo de una plataforma muy sólida de monitoreo parlamentario.
Gracias a todos por acompañarnos.

Dataset: Todas las votaciones del Congreso 2001-2013

El año pasado lanzamos nuestra aplicación de visualización de datos Década Votada, la cual incluye todas las votaciones del Congreso Nacional, ocurridas en el período de 2001 a 2013 en la Cámara de Diputados y de 2003 a 2012 en la Cámara de Senadores. Esta aplicación fué creada junto a un gran grupo de colaboradores en un hackatón organizado por Hacks/Hackers y ganadora de un premio de Kinght-Mozilla OpenNews.

Estamos muy contentos por este primer paso que hemos dado hacia liberar estos datos, después de la frustrante experiencia de desarrollar nuestro scrapper en python, haber conseguido el dataset liberado por Andy Tow nos permitió avanzar muchísimo sobre información confiable.

Este dataset se encuentra disponible en Google Fusion Tables, de donde lo descargamos para crear este archivo. Esta es una base de datos pública alojada gratuitamente en los servidores de Google, links para ver cada una de las tablas: DiputadosVotaciones diputadosBloques diputados, Asuntos dipuadosSenadoresBloques senadoVotaciones senadoAsuntos senado.

Pero hay personas que creen que Google no es el mejor lugar para alojar datos tan sensibles, es por eso que hoy liberamos este conjunto de datos completo, en formato CSV, comprimido en ZIP, y alojado en nuestro propio servidor (ubicado en nueva york).

DecadaVotadaCSV.zip es un dataset que contiene en 8 tablas:

  • diputados.csv -  955 filas
    Columnas: diputadoID, nombre, distrito
    
    bloques-diputados.csv - 170 filas
    Columnas: id_bloque, bloque, color
    
    asuntos-diputados.csv - 1.406 filas
    Columnas: asuntoId, sesion, asunto, ano, fecha, hora, base, mayoria, resultado, presidente, presentes, ausentes, abstenciones, afirmativos, negativos, votopresidente, titulo, permalink
    
    votaciones-diputados.csv - 359.936 filas
    Columnas: asuntoId, diputadoId, bloqueId, voto
    
    senadores.csv - 155 filas
    Columnas: diputadoID, nombre, distrito
    
    bloques-senadores.csv - 46 filas
    Columnas: id_bloque, bloque, color
    
    asuntos-senado.csv - 1811 filas
    Columnas: asuntoId, sesion, asunto, ano, fecha, hora, base, mayoria, resultado, presidente, presentes, ausentes, abstenciones, afirmativos, negativos, votopresidente, titulo, auditoria, permalink
    
    votaciones-senado.csv - 130.392
    Columnas: asuntoId, diputadoId, bloqueId, voto

Para más información, recomendamos leer la documentación de Decada Votada.

 

Descargar el archivo: DecadaVotadaCSV-2.zip (1.554.615 bytes)

Actualizado, licencia:

Dataset: Todas las votaciones del Congreso 2001-2013 por Honorable Congreso de la Nación Argentina, Andy Tow y CongresoInteractivo.org se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.
Basada en una obra en http://www.hcdn.gov.ar.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://www.hcdn.gov.ar.

 

Pueden contactarnos para informarnos sus intenciones al descargar este dataset, y también para hacernos sugerencias y correcciones sobre el contenido. Esperamos que les resulte de utilidad.

¡Participaremos en LatamLab de la Fundación Ciudadano Inteligente en Chile!

screenshot-by-nimbus-www-ciudadanointeligente-org-uncategorized-pasantia-latamlab-2014 (1)Este año que estamos inclinándonos más hacia la colaboración con otras instituciones, es por eso que, cuando la Fundación Ciudadano Inteligente de Chile abrió la convocatoria para su Laboratorio Latinoamericano de Desarrollo, nos presentamos sin dudarlo, y estamos muy contentos de anunciar que hemos sido seleccionados para recibir apoyo en el desarrollo de un sitio de seguimiento parlamentario en Argentina (tal como siempre quisimos hacer) usando las herramientas de software libre llamadas Poplus.

¿Qué recibiremos de la fundacion?

  • Un mes de mentoría en Santiago de Chile con gastos pagos (del 21 de Abril al 16 de Mayo de 2014).
  • Soporte a la implementación de los componentes Poplus.
  • Participación en la conferencia internacional PoplusConf, el 29 y 30 de Abril en Santiago de Chile.
  • Integrar una importante red de organizaciones que trabajan con tecnología y democracia.

¿Qué pondremos nosotros?

  • Un desarrollador dispuesto a trabajar en esto durante 3 meses.
  • Relevamiento de fuentes de datos y situación institucional a reflejar en el sitio.
  • Buscaremos estrategias de sustentabilidad para el sitio en Argentina.

¿Qué puede poner la comunidad?

En estos últimos días, en nuestro proyecto de traducción del Marco Civil de Internet de Brasil se hizo completamente evidente que tenemos una comunidad que nos apoya en momentos clave y que está alineada con nuestros objetivos. Es por eso que nos gustaría contar con su apoyo para esto también.

Según las bases del proyecto LatamLab , la contraprestación por parte de Congreso Interactivo tiene un valor estimado de U$S 6.000, dinero con el cual no contamos y que equivale al sueldo del programador y al pago del hosting durante 3 años. Estamos gestionando frente a diversas instituciones para conseguir este aporte y si ustedes pueden ayudarnos, les agradeceremos eternamente.

Cualquier conversación que quieran tener con nosotros será enriquecedora para este proyecto, ya sea porque nos permitirá conocer mejor la estructura del Congreso o ver mejor las demandas de datos existentes. Están invitados a ponerse en contacto con nosotros.

¡Gracias!

Traducción al Castellano del Marco Civil de Internet de Brasil

En sólo tres días y gracias a la participación de más de 10 personas hemos logrado hacer una traducción comunitaria de este texto, importantísimo para el mantenimiento de la libertad y privacidad en internet en la región.

Este proyecto fue aprobado por la cámara de diputados de brasil, pero aún no por la de senadores, y al parecer ya se modificó mucho del original, al punto que algunos de los que originalmente lo apoyaban, hoy denuncian que incluye la posibilidad de realizar espionaje a activistas y silenciar publicaciones.

Compartimos este texto para que sirva como referencia al analizar este caso en castellano, y pedimos por favor que seamos cuidadosos al estudiarlo, y encontremos los detalles para poder hacer un mejor proyecto de ley en Argentina.

Con respecto a la traducción, tengan en cuenta que puede haber diferencias de criterio entre los diferentes traductores o exceso de literalidad, sobre todo, es posible que haya términos técnicos mal traducidos o situaciones institucionales que sean diferentes de las de Brasil.

Cualquier corrección que quieran aportar al texto, pueden continuar haciéndola en este pad: MarcoCivilInternet

 

El texto original fue obtenido de esta fuente en portugués (Google Docs).

 

SUBENMIENDA SUBSTITUTIVA GLOBAL DE LAS ENMIENDAS DE PLENARIO AL PROYECTO DE LEY Nº 2.126, DE 2011 

 

Establece principios, garantías, derechos y
obligaciones para el uso de Internet en Brasil.

 

                    El Congreso Nacional decreta:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

 

Art. 1º Esta Ley establece los principios, garantías, derechos y obligaciones para el uso de Internet en Brasil y determina directrices para la actuación de la Unión [4], los Estados, el Distrito Federal y los municipios en este sentido.

 

Art. 2º La disciplina de la utilización de Internet en Brasil se basa en el respeto a la libertad de expresión, así como:

 

I – el reconocimiento de la escala mundial de la red;
II – los derechos humanos, el desarrollo de la personalidad y de la ciudadanía en los medios digitales;
III – la pluralidad y la diversidad;
IV – la apertura y la colaboración;
V – la libre empresa, la libre competencia y protección del consumidor; y
VI – la finalidad social de la red.

 

Art. 3º La disciplina de la utilización de Internet en Brasil cuenta con los siguientes principios:

 

I – garantía de la libertad de expresión, la comunicación y la manifestación del pensamiento, según la Constitución;
II – protección de la privacidad;
III – protección de los datos personales, en forma de ley;
IV – preservación de la garantía de neutralidad de la red;
V – preservación de la estabilidad, seguridad y funcionalidad de la red, por medio de medidas técnicas compatibles con los patrones internacionales y por el estímulo al uso de buenas prácticas;
VI – responsabilización de las partes de acuerdo con sus actividades, en los términos de la ley;
VII – preservación de la naturaleza participativa de la red
VIII – la libertad de los modelos de negocio promovidos vía internet, siempre que no
interfieran con los demás principios establecidos en esta ley.
Párrafo único. Los principios expresados en esta
ley no excluyen otros previstos en el ordenamiento jurídico nacional
relacionados con el tema, o en los tratados internacionales en los que participe la República Federal de Brasil.

 

Art. 4º La disciplina del uso de Internet en Brasil tiene los siguientes objetivos:

 

I – Promover el derecho de acceso a Internet de todos
II – Promover el acceso a la información, al conocimiento y a la participación en la vida cultural e la conducción de asuntos públicos.
III – Promover la innovación y fomentar una difusión amplia de nuevas tecnologías y modelos de uso y acceso; y
IV – Promover la adherencia a los padrones tecnológicos abiertos que permitan la comunicación, accesibilidad y la interoperabilidad entre aplicaciones y bases de datos.

 

Art. 5º A efectos de esta ley se entiende:

 

I – Internet: El sistema constituido por un conjunto de protocolos de software, estructurados a escala mundial para el uso público y sin restricciones, con la finalidad de posibilitar la comunicación de datos entre terminales por medio de diferentes redes;
II – terminal: una computadora o cualquier dispositivo que se conecte a Internet;
III – administrador de sistemas autónomo: persona física o jurídica que administra bloques de direcciones IP (Internet Protocol) específicas y el respectivo sistema autónomo de enrutamiento, debidamente registrada en el ente nacional responsable del registro y distribución de direcciones IP geográficamente relacionadas con el país;
IV – dirección IP: código atribuido a un terminal de una red para permitir su identificación, definido según parámetros internacionales;
V – conexión a Internet: habilitación de un terminal para envío o recepción de paquetes de datos por Internet, mediante la atribución o autenticación de una dirección iP;
VI – registro de conexión: conjunto de informaciones referentes a datos y hora de inicio y término de una conexión a Internet, su duración e la dirección IP utilizada por el terminal para el envío y recepción de paquetes de datos;
VII – aplicaciones de Internet: conjunto de funcionalidades que pueden ser usadas por medio de un terminal conectado a Internet; y
VIII – registros de acceso a aplicaciones de Internet: conjunto de informaciones referentes a datos y hora de uso de una determinada aplicación de Internet a partir de una determinada dirección IP.

 

Art. 6º En la interpretación de esta Ley se tendrán en cuenta, más allá de los fundamentos, principios y objetivos, la naturaleza de Internet, sus usos y costumbres particulares y su importancia para la promoción del desarrollo humano, económico, social y cultural.

CAPÍTULO II

DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS USUARIOS
Art. 7º El acceso a internet es esencial para el ejercicio de la ciudadanía y el usuario están garantizados los siguientes derechos:

 

I – La inviolabilidad de la intimidad y de la vida privada, asegurando el derecho a su protección y a la indemnización por el daño material o moral resultante de su violación;
II – la inviolabilidad del flujo y secreto de las comunicaciones por Internet, salvo por orden judicial, de acuerdo con la ley;
III – la inviolabilidad y el secreto de sus comunicaciones privadas almacenadas, salvo por orden judicial;
IV– la no suspensión de la conexión a Internet, salvo deuda contraída directamente por su utilización;
V – el mantenimiento de la calidad de la conexión a Internet contratada;
VI – las informaciones claras y completas en los contratos de prestación de servicios, detallando el régimen de protección de datos de los registros de conexión y de los registros de acceso a aplicaciones en Internet, así como de las prácticas de gestión de la red que puedan afectar a su calidad; y
VII – la imposibilidad de suministrar a terceros sus datos personales, incluyendo registros de conexión y acceso a aplicaciones en Internet, salvo mediante consentimiento libre, expreso e informado o en circunstancias establecidas por la ley;
VIII – la información clara y completa sobre la recogida, uso, almacenamiento, tratamiento y protección de sus datos personales, que sólo podrán ser utilizados para finalidades que:

 

a)     justifiquen su recolección;
b)     no estén prohibidas por ley; y
c)   queden especificadas en los contratos de prestación de servicios o en los términos de uso de las aplicaciones de Internet.

 

IX – el consentimiento expreso sobre la recogida, uso, almacenamiento y tratamiento de datos personales, que deberá presentarse de forma destacada de las demás cláusulas contractuales;
X – el borrado definitivo de los datos personales que se hayan proporcionado a determinada aplicación de Internet, a solicitud suya, al término de la relación entre las partes, salvo en los casos de custodia obligatoria de registros previstas en esta ley;
XI – la publicación y claridad de las eventuales políticas de uso por pArt. de los proveedores de conexión a Internet y de las aplicaciones de Internet;
XII – la accesibilidad, teniendo en cuenta las características físico-motoras, perceptivas, sensoriales, intelectuales y mentales del usuario, en los términos definidos por la ley; y
XIII – la aplicación de las normas de protección y defensa del consumidor en las relaciones de consumo realizadas en Internet.

 

Art. 8º La garantía del derecho a la privacidad y a la libertad de expresión en las comunicaciones es condición para el pleno ejercicio del derecho de acceso a Internet.
Parágrafo único. Son nulas de pleno derecho las cláusulas contractuales que violen lo dispuesto anteriormente, tales como las que:
I – impliquen ofensa a la inviolabilidad y al secreto de las comunicaciones privadas a través de Internet; o
II – que en la contratación, no ofrezcan al contratante la adhesión al foro brasileño para la solución de conflictos derivados de servicios prestados en Brasil.

 

CAPÍTULO III

DE LA PROVISIÓN DE CONEXIÓN Y DE APLICACIONES DE INTERNET

Sección I: De la Neutralidad de la Red

 

Art. 9º El responsable de la transmisión, conmutación o ruteo tiene el deber de tratar de forma isonómica cualquier paquete de datos, sin distinción por contenido, origen y destino, servicio, terminal o aplicación.

 

§ 1º La discriminación o degradación del tráfico será reglamentada en los términos de las atribuciones privativas del Presidente de la República previstas en el inciso IV del artículo 84 de la Constitución Federal, para la ejecución fiel de esta Ley, oídos [2] el Comité Gestor de Internet y la Agencia Nacional de Telecomunicaciones y sólamente podrá ser resultado de:
I – requisitos técnicos indispensables para la prestación adecuada de los servicios y aplicaciones; y
II – priorización de los servicios de emergencia.

 

§ 2º En el caso de discriminación o degradación del tráfico prevista en el § 1º, el responsable mencionado en el artículo debe:
I – abstenerse de causar daño a los usuarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 927 del Código Civil;
II – actuar con proporcionalidad, transparencia e isonomía [3];
III – informar previamente de modo transparente, claro y suficientemente descriptivo a sus usuarios sobre las prácticas de gestión y reducción del tráfico adoptadas, inclusive las relacionadas con la seguridad  de la red; y
IV– ofrecer servicios en condiciones comerciales no discriminatorias y abstenerse de practicar conductas anticompetitivas.

 

§ 3º En el suministro de la conexión a Internet, de pago o gratuita, así como en la transmisión, conmutación o enrutamiento, está prohibido bloquear, monitorizar, filtrar o analizar el contenido de los paquetes de datos, respetando lo dispuesto en este artículo.

 

Sección II: De la protección a los registros, Datos personales y Comunicaciones privadas

 

Art. 10. La custodia y entrega de los registros de conexión y de acceso a aplicaciones de Internet de que trata esta Ley, así como de los datos personales y del contenido de las comunicaciones privadas, deben atender a la preservación de la intimidad, vida privada, honra e imagen de las partes directa o indirectamente envueltas.

 

§ 1º El proveedor responsable de la custodia solamente será obligado a entregar los registros mencionados en el artículo, de forma autónoma o asociados a datos personales u otras informaciones que puedan contribuir a la identificación del usuario o del terminal, mediante orden judicial, tal como queda dispuesto en la Sección IV de este Capítulo, respetando lo dispuesto en el artículo 7º.

 

§ 2º El contenido de las comunicaciones privadas solamente podrá ser entregado mediante orden judicial, en los casos y forma que establece la ley, respetando lo dispuesto en los parágrafos II y III del artículo 7º.

 

§ 3º Lo dispuesto en este artículo no impide el acceso, por parte de las autoridades administrativas que detenten competencia legal para su solicitud, a los datos de registro que contengan información personal, filiación y dirección, de acuerdo con la ley.
  
§ 4º Las medidas y procedimientos de seguridad y secreto deben ser informados por el responsable de la provisión de servicios de forma clara y atenerse a patrones definidos en reglamento, respetando su derecho de confidencialidad en lo que respecta a secretos empresariales.

 

Art. 11. En cualquier operación de recolección, almacenamiento, protección o tratamiento de registros, datos personales o de comunicaciones por proveedores de conexión y de aplicaciones de internet en las que por lo menos uno de estos actos ocurra en territorio nacional, deberá ser obligatoriamente respetada la legislación brasilera, los derechos a la privacidad y a la protección de los datos personales y al secreto de las comunicaciones privadas y de los registros.

 

§1º Lo dispuesto en el artículo se aplica a los datos recolectados en territorio nacional y al contenido de las comunicaciones en las cuales por lo menos uno de los dos está localizado en Brasil.

 

§2º Lo dispuesto en este artículo se aplica también aunque las actividades sean llevadas a cabo por personas jurídicas domiciliadas en el exterior, siempre que oferten servicios al público brasileño o que al menos una integrante del mismo grupo económico posea un establecimiento en Brasil.

 

§3º Los proveedores de conexión y de aplicaciones de internet deberán presentar, en línea con la reglamentación, información que permita la verificación del cumplimiento de la legislación brasilera en lo referente a la recolección, protección, almacenamiento o tratamiento de datos, así como en lo que respecta a la privacidad y al secreto de las comunicaciones.

 

§4º Un decreto reglamentará el procedimiento de determinación de infracciones a lo dispuesto en este artículo.

 

Art.12. Sin perjuicio de las demás sanciones civiles, criminales o administrativas, las infracciones a las normas previstas en los artículos 10 y 11 quedan sujetas, según el caso, a las siguientes sanciones, aplicadas de forma individual o acumulativa:
I – Advertencia, con indicación de plazo para la adopción de medidas correctivas;
II – multa de hasta el diez por ciento de lo facturado por el grupo económico en Brasil en su último ejercicio, excluidos los impuestos, considera la condición económica del infractor y el principio de proporcionalidad entre la gravedad de la falta y la gravedad de la sanción;
III – Suspensión temporal de las actividades que involucren los actos previstos en el artículo 11; o
IV – prohibición de ejercicio de las actividades que involucran los actos previstos en el artículo 11.
Parágrafo único. Cuando se trate de una empresa extranjera, responde solidariamente del pago de la multa de que trata este artículo su filial, sucursal, oficina o establecimiento situado en el país.

 

Subsección I: De la Custodia de Registros de Conexión

 

Art. 13. En la provisión de conectividad a Internet, cabe al administrador del sistema autónomo respectivo le deber de mantener los registros de conexión, bajo secreto, en un ambiente controlado y seguro, durante el plazo de un año, según el reglamento.

 

§ 1º La responsabilidad de mantener los registros de conexión no pueden ser transferida a terceros.

 

§  2º La autoridad policial o administrativa o el Ministerio Público podrá requerir cautelarmente que los registros sean guardados durante un plazo superior al previsto en este artículo.

 

§ 3º En la hipótesis de  de § 2º, la autoridad solicitante tendrá el plazo de sesenta días, contados a partir de la solicitud, para ingresar, con el pedido de autorización judicial, a los registros previstos en este artículo.

 

§ 4º El proveedor responsable de la custodia de los registros deberá mantener el secreto en relación a la solicitud prevista en § 2º, que perderá su eficacia en caso de que el pedido de autorización judicial no sea aceptada o no haya sido ejecutada en el plazo previsto en § 3º.

 

§ 5º En cualquier caso, la disponibilización al requiriente de los registros de los que trata este artículo, deberá ser precdida de una autorización judicial, conforme a lo dispuesto en la Sección IV de este capítulo.

 

§ 6º En la aplicación de sanciones por el incumplimiento de lo dispuesto en este artículo, serán considerados la naturaleza, la gravedad de la infracción y los daños resultantes de ella, eventual beneficio para el infractor, las circunstancias agravantes, los antecedentes del infractor y la reincidencia.

 

Subsección II: De la Custodia de Registros de Acceso a Aplicaciones de Internet en la Provisión de Conexión

 

Art. 14. En la  provisión de conexión, onerosa o gratuita, está prohibido almacenar registros de acceso a aplicaciones de Internet.

 

Subseción III: De la Custodia de Registros de Acceso a Aplicaciones de Internet en la Provisión de Aplicaciones

 

Art 15. El proveedor de aplicaciones de Internet constituido en forma de persona jurídica, que ejerza esa actividad en forma organizada, profesionalmente y con fines económicos, deberá mantener los respectivos registros de acceso a aplicaciones de internet, en secreto, en ambiente controlado y de seguridad, por el plazo de seis meses, en los términos del reglamento.

 

§ 1º Orden judicial podrá obligar, por tiempo determinado, a los proveedores de aplicaciones de Internet, que no estén sujetos a lo dispuesto en el artículo a guardar registros de acceso a aplicaciones de Internet, siendo que se tratan de registros relativos a hechos específicos en un tiempo determinado.

 

§ 2º La autoridad policial o administrativa o el Ministerio Público podrán solicitar cautelarmente a cualquier proveedor de aplicaciones de Internet que los registros de acceso a aplicaciones de Internet sean guardados, inclusive por plazo superior al previsto en el artículo, observando lo dispuesto en  §§ 3º y 4º del Art. 13.

 

§ 3º En cualquier caso, la disponibilizacion al requiriente, de los registros de los que trata este artículo, deberá ser precedida de autorización judicial, conforme lo dispuesto en la sección IV de este Capítulo.

 

§ 4º En la aplicación de sanciones por el incumplimiento de lo dispuesto en este artículo, serán considerados la naturaleza y gravedad de la infracción, los daños resultantes de ella, el eventual beneficio para el infractor, las circunstancias agravantes, los antecedentes del infractor y la reincidencia.

 

Art. 16.  En la  provisión de conexión, onerosa o gratuita, está prohibida la custodia:

 

I – de los registros de acceso a otras aplicaciones de Internet sin que el titular de los datos haya consentido previamente, respetando lo dispuesto en el artículo  7º; y
II – de datos personales que sean excesivos en relación a la finalidad para la cual fue dado el consentimiento por su titular.
Art. 17. Excepto en los casos previstos en esta Ley, la opción de no guardar los registros de acceso a aplicaciones de Internet no implica responsabilidad sobre los datos que surgieran del uso de esos servicios por terceros.

 

Sección III: De la Responsabilidad por Daños que Surgieran del Contenido Generado por Terceros

 

Art. 18. El proveedor de conexión a internet no será responsabilizado civilmente por daños surgidos por contenido generado por terceros.

 

Art. 19. Con el objetivo de asegurar la libertad de expresión e impedir la censura, el proveedor de aplicaciones de Internet solamente podrá ser responsabilizado por daños que surjan del contenido generado por terceros si, después de una orden judicial específica, no toma las previsiones para, en el ámbito de los límites técnicos de su servicio y dentro del plazo asignado, hace disponible el contenido especificado como infringiente, exceptuando las disposiciones legales que se opongan.

 

§ 1º La orden judicial de que trata este artículo deberá contener, bajo pena de nuliad, identificación clara y específica del contenido especificado como infringiente, que permita la localización inequívoca del material.

 

§ 2º La aplicación de lo dispueso en este artículo para infracciones a derechos de autor y a derechos conexos depende de la previsión legal específica, que deberá respetar la libertad de expresión y las demás garantías previstas en el artículo 5 de la Constitución Federal.

 

§ 3º Las causas judiciales que traten sobre el resarcimiento por daños surgidos de contenidos disponibilizados en Internet relacionados a la honra, la reputación y a derechos de personalidad así como sobre la indisponibilización de esos contenidos por proveedores de aplicaciones de internet podrán ser presentadas mediante los juzgados especiales.

 

§ 4º El juez, inclusive en el procedimiento previsto en  § 3º, podrá anticipar, total o parcialmente, los efectos de la tutela pretendida en el pedido inicial, existiendo la prueba inequívoca del hecho y considerando el interés de la colectividad en la disponibilización del contenido en Internet, estando presentes requisitos de verosimilitud de la alegación del autor y temor fundado de daño irreparable o de difícil reparación.

 

Art. 20. Siempre que tenga informaciones de contacto del usuario directamente responsable por el contenido al que se refiere el Art. 19, corresponderá al proveedor de aplicaciones de Internet comunicarle los motivos e informaciones relativos a la indisponibilización de contenido, con informaciones que permitan la contradicción y amplia defensa en juicio, salvo expresa previsión legal o salvo expresa determinación judicial fundamentada en contra.

 

Parágrafo único. Cuando sea solicitado por el usuario que hizo disponible el contenido que ha sido hecho indisponible, el proveedor de aplicaciones de Internet que ejerza esa actividad de forma organizada, profesionalmente y con fines económicos, sustituirá el contenido indisponible, por la motivación o por la orden judicial que fundamenta la indisponibilización.

 

Art. 21. El proveedor de aplicaciones de internet que disponibilice contenido generado por terceros sera responsabilizado subsidiariamente por la violación de la intimidad resultado de la divulgación, sin autorización de sus participantes, de imágenes, videos u otros materiales que contengan escenas de desnudos o de actos sexuales de carácter privado cuando, posterior al recibimiento de la notificación por el participante o su representante legal, dejar de promover, de forma diligente, en el ámbito y en los límites técnicos de su servicio, la indisponibilización de ese contenido.
Parágrafo único. La notificación prevista  en el artículo deberá contener, bajo pena de nulidad, elementos que permitan la identificación específica del material apuntado como violador de la intimidad del participante y la verificación de la legitimidad para presentación del pedido.

 

Sección IV: De la Solicitud Judicial de Registros

 

Art. 22. La parte interesada podrá, con el propósito de formar conjunto probatorio en proceso judicial civil o penal, en carácter incidental o autónomo, requerir al juez que ordene al responsable por la  guarda u otorgamiento de registros de conexión  o de registros de acceso a aplicaciones de Internet.

 

Parágrafo único. Sin perjuicio [1] de los demás requisitos legales, el requerimiento deberá contener, bajo pena de inadmisibilidad:

 

I – fundados indicios del acontecimiento del ilícito;
II – justificación motivada de la utilidad de los registros solicitados para fines de investigación o instrucción probatoria; y
III – período al cual se refieren los registros.

 

Art. 23. Cabe al juez tomar las providencias necesarias la garantía del sigilo de las informaciones recibidas y la  preservación de la intimidad, vida privada, honra e imagen del usuario, pudiendo determinar secreto de justicia, inclusive en cuanto a los pedidos de guarda de registro.

 

CAPÍTULO IV: PRÁCTICA DEL PODER PÚBLICO

 

Art. 24. Constituyen directrices para la actuación de la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios en el desarrollo de Internet en Brasil:

 

I – establecimiento de mecanismos de administración multiparticipativa, transparente, colaborativa y democrática, con participación del gobierno, el sector empresarial, la sociedad civil y la comunidad académica;
II – promoción de la racionalización de la gestión, la expansión y el uso de Internet, con la participación del Comité Gestor de Internet en Brasil;
III – promoción de la racionalización y la interoperabilidad tecnológica de los servicios de gobierno electrónico, entre los diferentes Poderes y niveles de la federación, para permitir el intercambio de información y la rapidez de los procedimientos;
IV – promoción de la interoperabilidad entre los diversos sistemas y terminales, incluso entre los diferentes niveles federativos y diferentes sectores de la sociedad;
V – adopción preferencial de tecnologías, estándares y formatos abiertos y libres;
VI – publicidad y difusión de los datos y la información pública, de forma abierta y estructurada;
VII – optimización de las redes de infraestructura y el fomento de la creación de centros de almacenamiento, gestión y difusión de datos en el país, promoviendo la excelencia técnica, la innovación y la difusión de las aplicaciones de Internet, sin perjuicio de la apertura, la neutralidad y la naturaleza participativa;
VIII – desarrollo de acciones y programas de capacitación para el uso de Internet;
IX – promoción de la cultura y la ciudadanía; y
X – prestación de servicios públicos de atención al ciudadano de forma integral, eficiente, simple y por múltiples vías de acceso, inclusive a distancia.

 

Art. 25. Los aplicativos de Internet de los entes del Poder Público deben procurar:
I – compatibilidad de los servicios de gobierno electrónico con diferentes terminales, sistemas operativos y aplicaciones de acceso;
II – accesibilidad a todos los interesados, independientemente de sus capacidades físico-motoras, perceptivas, sensoriales, intelectuales, mentales, culturales y sociales, salvaguardando los aspectos confidenciales y restricciones administrativas y legales;
III – compatibilidad tanto con la lectura humana como con el tratamiento automatizado de la información;
IV – facilidad de uso de los servicios de gobierno electrónico; y
V – fortalecimiento de la participación social en las políticas públicas.

 

Art. 26. El cumplimiento de la obligación constitucional del Estado en la provisión de la educación, en todos los niveles de enseñanza, incluida la capacitación, integrada con las otras prácticas educativas, para un uso seguro, consciente y responsable de Internet como herramienta para el ejercicio de la ciudadanía, la promoción de la cultura y el desarrollo tecnológico.

 

Art. 27. Las iniciativas públicas que promueven la cultura digital y el uso de Internet como herramienta social deben:
I – promover la inclusión digital;
II – tratar de reducir las desigualdades, sobre todo entre las diferentes regiones del País, en el acceso a tecnologías de la información y comunicación y su uso; y
III – promover la producción y difusión de contenido nacional.

 

Art. 28. El Estado debe, periódicamente, formular y fomentar estudios, así como fijar metas, estrategias, planes y programas relacionados al uso y desarrollo de Internet en el País.

 

CAPÍTULO V: DISPOSICIONES FINALES

 

Art. 29. El usuario tendrá libre elección en el uso de software en su terminal para facilitar el control parental de contenidos, según considere impropio para sus hijos menores, siempre y cuando cumplan con los principios de esta Ley y la Ley Nº 8.069 de 13 de julio de 1990.
Párrafo único. Corresponde al Gobierno, en conjunto con los proveedores de conexión y aplicaciones de Internet y la sociedad civil, promover la educación y proporcionar información sobre el uso de los programas de ordenador definidos anteriormente, así como para la definición de buenas prácticas para la inclusión digital de niños y adolescentes.

 

Art. 30. La defensa de los intereses y derechos establecidos en esta ley podrá ser ejercida individual o colectivamente, conforme a lo dispuesto por la ley.

 

Art. 31. Hasta la entrada en vigencia de la Ley en particular lo dispuesto en el § 2º del Art. 19, la responsabilidad del proveedor de aplicaciones de Internet por daños y perjuicios resultantes por uso de contenido generado por terceros, en caso de infracción de derechos de autor o derechos conexos, se seguirán rigiendo por la legislación de derechos de autor en vigencia previo a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley.

 

Art. 32. Esta Ley entrará en vigencia sesenta días después de la fecha de su publicación.
Brasília-DF,  ____ de __________ de 2014.

 

Diputado ALESSANDRO MOLON
Relator
Notas:

 

[1] “Sin perjuicio” es equivalente a “sin impedimento”.
Sea A sin perjucio de B. Quiere decir que A no influye, impide o “perjudica” la posibilidad de B.

 

[2] “oídos” quiere decir que es necesario consultar con esas instituciones. Que esas instituciones tienen que estar al tanto y tienen opinión al respecto.

 

[3] “Isonomía” significa igualdad ante la ley

 

[4] Unión es una personería jurídica especial en brasil, no sé si en argentina tenemos algo igual. http://pt.wikipedia.org/wiki/Uni%C3%A3o_(Brasil)

 

Reboot CongresoInteractivo 2014 en Open Minka

Estamos buscando las actividades y estrategias para este 2014. Después de los grandes éxitos que tuvimos el año pasado necesitamos un nuevo objetivo para este año, renovar la energía y la motivación. Por eso los invitamos a esta jornada de consultoría colaborativa.

Imágen que resume las fechas de open minka para este mes.

En los últimos meses estuvimos trabajando para darle una mejor infraestructura a Congreso Interactivo, ahora tenemos un blog en el que publicar actualizaciones, nuestro propio servidor de mail, de listas de correo y de documentos para editar de forma colaborativa. Además de la posibilidad de realizar donaciones al proyecto.

Tenemos varias ideas a las que podríamos dedicarnos durante este año, entre ellas:

  • Usar Congreso Interactivo como plataforma de investigación.
  • Relevar las aplicaciones de Open Data disponibles en Argentina.
  • Redactar textos académicos sobre open data.
  • Crear una “wiki” para editar colaborativamente las leyes.
  • Realizar análisis de medios.
  • Seguir mejorando Elegilegi y Década Votada.
  • Volver a insistir con el proyecto original que inspiró la “beta”.

Sobre estas ideas hubo algunos avances mínimos pero aún falta consensuar y concentrarse para poder avanzar mejor.

Es por eso que estamos participando de una serie de reuniones de consultoría colaborativa llamadas Open Minka. Habrá una sesión exclusiva para nosotros el día miércoles 12 de Marzo a las 19hs en el Centro Cultural Matienzo, Pringles 1249. Están todos invitados a ayudarnos a definir el trabajo de este año.